1. Convocación de los Socios
Socios que van a formar la empresa
2.Aportes de los Socios
En este segundo paso los socios dan a conocer los aportes que van a dar ,ya sea bienes dinerarios ,no dinerarios o mixtos.
3.Acta De Constitución De La Empresa
Es el documento hecho por los socios en el cual se estipula el tipo de sociedad que se va a constituir.
En este caso nosotros vamos a constituir una
empresa
denominada
"Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada"
4. Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en los Registros Públicos
Debemos en primer acudir a la Oficina de Registros Públicos, y verificar que no exista en el mercado un nombre (razón social) igual o similar al que le queremos poner a nuestra empresa.
Al buscar los nombres existentes, debemos asegurarnos de que éstos no se parezcan ni suenen igual al que vamos a usar, debe haber un mínimo de 3 letras diferentes.
Una vez realizada la búsqueda y confirmado de que no existen nombres iguales o similares al que vamos a usar, debemos reservar nuestra razón social para que otra empresa no pueda inscribirse con ese nombre, siendo efectiva la reserva por un plazo de 60 días.
El nombre de la Empresa es"ALVARO
S.R.L"
5. Elaboración de la minuta (sólo Persona Jurídica)
La minuta es un documento previo en el cual los miembros de sociedad manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos.
MINUTA
La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta.
5.1 Elevar la minuta a escritura pública (sólo Persona Jurídica)
Consiste en acudir a una notaría y llevarle la minuta a un notario público para que la revise y la eleve a Escritura Pública.
ESCRITURA PÚBLICA
5.2 Elevar la escritura pública en los Registros Público (sólo Persona Jurídica)
Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a los Registros Públicos, en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa en los Registros Públicos. La Persona Jurídica existe a partir de este paso, es decir, a partir de su inscripción en los Registros Públicos.
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"SUNARP"